CUANDO ES NECESARIO UN PROYECTO ELÉCTRICO,

UNA MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO

O UN BOLETÍN DE RECONOCIMIENTO?

 

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3. INSTALACIONES QUE PRECISAN PROYECTO.

3.1. Para su ejecución, precisan elaboración de proyecto las nuevas instalaciones siguientes:

Grupo

Tipo de Instalación

Límites

a

Las correspondientes a industrias, en general.

P>20 kW

b

Las correspondientes a:

  • Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión;
  • Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no.

P>10 kW

c

Las correspondientes a:

  • Locales mojados;
  • generadores y convertidores;
  • conductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas.

P>10 kW

d

  • de carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras en construcción.
  • de carácter temporal en locales o emplazamientos abiertos;

P>50 kW

e

Las de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal.

P>100 kW por caja gral. de protección

f

Las correspondientes a viviendas unifamiliares

P>50 kW

g

Las de garajes que requieren ventilación forzada

Cualquiera que sea su ocupación

h

Las de garajes que disponen de ventilación natural

De más de 5 plazas de estacionamiento

i

Las correspondientes a locales de pública concurrencia;

Sin límite

 

j

Las correspondientes a:

  • Líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de alta tensión;
  • Máquinas de elevación y transporte;
  • Las que utilicen tensiones especiales;
  • Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de Baja tensión según lo establecido en la ITC-BT 44;
  • Cercas eléctricas;
  • Redes aéreas o subterráneas de distribución;

Sin límite de potencia

k

  •  Instalaciones de alumbrado exterior.

P > 5 kW

l

Las correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión, excepto garajes

Sin límite

m

Las de quirófanos y salas de intervención

Sin límite

n

Las correspondientes a piscinas y fuentes.

P> 5 kW

o

Todas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna Disposición.

Según corresponda

    ( P = Potencia prevista en la instalación, teniendo en cuenta lo estipulado en la ITC-BT-10)

3.2. Asimismo, requerirán elaboración de proyecto las ampliaciones y modificaciones de las instalaciones siguientes:

  1. Las ampliaciones de las instalaciones de los tipos (b,c,g,i,j,l,m) y modificaciones de importancia de las instalaciones señaladas en 3.1;

  2. Las ampliaciones de las instalaciones que, siendo de los tipos señalados en 3.1. no alcanzasen los límites de potencia prevista establecidos para las mismas, pero que los superan al producirse la ampliación.

  3. Las ampliaciones de instalaciones que requirieron proyecto originalmente si en una o en varias ampliaciones se supera el 50 % de la potencia prevista en el proyecto anterior.

3.3. Si una instalación esta comprendida en más de un grupo de los especificados en 3.1, se le aplicará el criterio más exigente de los establecidos para dichos grupos

4. Instalaciones que requieren memoria técnica de diseño.

Requerirán Memoria Técnica de Diseño todas las instalaciones - sean nuevas, ampliaciones o modificaciones - no incluidas en los grupos indicados en el apartado 3.

 

5. Boletín de reconocimiento (anteriormente denominado "Boletín azul")

Para hacer un canvio de nombre ( cambio de titularidad ) de un suministro eléctrico, en las siguientes edificaciones:

-Viviendas (pisos, apartamentos, chalets, casas, etc), locales que no tengan entrada de clientes, almacenes sin riesgo específico. - Todos ellos siempre que la potencia sea inferior a 20 kW.

Para ampliaciones de potencia en las siguientes edificaciones:

-Viviendas (pisos, apartamentos, chalets, casas, etc), locales que no tengan entrada de clientes, almacenes sin riesgo específico, servicios comunes de edificios, industrias. - Todos ellos siempre que la potencia sea inferior a 20 kW y suponiendo ampliaciones que no superen el 50% de la potencia máxima admisible inicial

Para contratar un suministro que hace menos de un año que se ha dado de bajaen las siguientes edificaciones:

-Viviendas (pisos, apartamentos, chalets, casas, etc), locales que no tengan entrada de clientes, almacenes sin riesgo específico. - Todos ellos siempre que la potencia sea inferior a 20 kW.

 

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