MEMORIA TÉCNICA SIMPLIFICADA

 

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¿Cuando es necesario realizar una memoria técnica simplificada?

La memoria técnica simplificada se realiza con el fin de legalizar una instalación eléctrica existente, cuando su legalización anterior no se puede justificar por distintos motivos.

Normalmente este tipo de legalización se solicita en revisiones periódicas de instalaciones de enlace de edificios de viviendas, locales clasificados de pública concurrencia, o cualquier otra instalación que este obligada a pasar un revisión periódica.

Instrucción que requiere este tipo de memoria:

INSTRUCCIÓ 10/2005, DE 16 DE DESEMBRE, DE LA DIRECCIÓ GENERAL D’ENERGIA I MINES, PER LA QUAL ES FIXA UN TERMINI PROVISIONAL PER A LA INSCRIPCIÓ D’INSTAL·LACIONS D’ENERGIA ELÈCTRICA DE BAIXA TENSIÓ JA EXISTENTS, SOTMESES AL RÈGIM D’ INSPECCIÓ PERIÒDICA.

 

 

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¿Para que sirven este tipo de memorias?


Según el vigente reglamento de baja tensión, las instalaciones eléctricas de edificios de viviendas con una potencia de instalación superior a 100 kW deben superar una inspección periódica de la instalación eléctrica, y esta se debe realizar cada 10 años.
Dicha inspección es obligatoria según la legislación vigente y supone una revisión de la instalación eléctrica del edificio  desde el punto de vista de la seguridad. Estas inspecciones deben realizarse mediante entidades colaboradoras de la administración tales como TÜV Rheinland, ECA, Applus, SGS, Atisae, etc. En ellas se extiende un acta que puede ser o bien "favorable" sin necesidad de adoptar medidas correctoras o por el contrario puede exigir la adopción de medidas de seguridad añadidas o la modificación de la instalación a efectos de que esta no suponga ningún peligro para la comunidad.
Una de las deficiencias más comunes en estas inspecciones es la justificación de la legalización eléctrica existente mediante la presentación del correspondiente certificado o boletín eléctrico registrado en industria. Dado que en muchos casos, debido a la antigüedad del edificio no se localiza esta documentación, existe la posibilidad de legalizar la instalación eléctrica mediante la aplicación de la instrucción 10/2005. Para ello es necesario que un técnico competente en la materia (ingeniero) realice una "Memoria técnica simplificada" que recoja la descripción, cálculo y planos de la instalación existente.
Lo mismo sucede con otro tipo de instalaciones que pueden afectar a las comunidades de vecinos como son las siguientes:


-Aparcamientos(garajes) con más de 25 vehículos...... Inspección periódica cada 5 años
-Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW...... Inspección periódica cada 5 años
-Instalaciones de alumbrado exterior(por ejemplo jardines) con potencia instalada superior a 5 kW....... Inspección periódica cada 5 años


Nota: Se entiende por potencia instalada, aquella resultante de la suma total de las potencias de todos los aparatos eléctricos conectadas a ella.

A continuación se exponen los precios de algunas memorias técnicas simplificadas:


-Memoria técnica simplificada de instalación de enlace(centralización) y servicios comunes para edificio con menos de 20 viviendas..... 570 euros + 21% IVA
-Memoria técnica simplificada de instalación de enlace(centralización) y servicios comunes para edificio entre 20  y 30 viviendas..... 690 euros + 21% IVA
-Aparcamientos(garajes) con capacidad comprendida entre 25 y 60 vehículos...... 700 euros + 21% IVA
-Piscinas con potencia instalada comprendida entre 10  y  25 kW...... 780 euros + 21% IVA
-Instalaciones de alumbrado exterior con pot.instalada comprendida entre 5 y 10 kW....... 720 euros + 21% IVA

Nota: Estos precios son orientativos, y previamente a la realización de los trabajos se realizará un presupuesto ajustado a la instalación existente. No se incluyen las tasas a abonar a las entidades de inspección y control como consecuencia de la contratación de sus servicios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Palabras clave: MEMORIA TÉCNICA SIMPLIFICADA INSTALACIÓN ELECTRICA

JUSTIFICAR LEGALIZACIÓN DE UNA INSTALACIÓN ELÉCTRICA

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